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“Les damos la bienvenida a nuestro blog que pretende ser un rincón de lucha por los pueblos de sur América, la unión de nuestros pueblos es fundamental para el desarrollo de los ciudadanos sur americanos, doce países unidos por el sueño de Bolívar. Paz a los pueblos. José María Pacori Cari y Enrique Cari Sunchuri”

domingo, 11 de agosto de 2013

LA PRAXIS DEL DERECHO DE LA INTEGRACIÓN: UNASUR, MERCOSUR Y ALIANZA DEL PACÍFICO



Autor: José María Pacori Cari

En esta entrada queremos hacer notar la vigencia actual del proceso de integración de los países suramericanos a través de organismos internacionales como el UNASUR, MERCOSUR y ALIANZA DEL PACÍFICO.

I.- Conducta humana a investigar
La siguiente noticia aclarará la importancia del Derecho de la Integración o Derecho Comunitario en Sur América, la mención a organismos internacionales de integración como el UNASUR, el MERCOSUR y la ALIANZA DEL PACÍFICO, hace vigente la necesidad de explicar al lector la naturaleza de estos organismos y su finalidad principal. Como se podrá verificar de la noticia que se transcribe se nota la inferencia política en la formación y destino de estos organismos “La reincorporación de Paraguay a la Unasur (…) puede abrir un nuevo escenario en este organismo regional. Cartes, un empresario con una visión de libre mercado, reforzaría en la Unasur la presencia de países que apuestan por una política de apertura económica como vía para conseguir el bienestar de sus ciudadanos. Brasil, Argentina, Venezuela, Bolivia y Ecuador son países de Unasur con políticas económicas más bien proteccionistas, con discursos ‘antiimperialistas’ y contrarios a los TLC. Por otro lado está el grupo de países que tienen más bien una visión de libre mercado: el Perú, Colombia y Chile. Los tres integran la Alianza del Pacífico, grupo regional que no ha surgido solo por vecindad como Unasur, sino por afinidad en sus políticas comerciales, por lo que sus avances son notables. A Uruguay se le suele identificar más con el primer grupo sobre todo por el origen izquierdista de su presidente José Mujica. Sin embargo en la última reunión de la Alianza del Pacífico pidió ser considerado observador y ayer defendió la necesidad de tener “más libertad para negociar con otros”. Se refería a Mercosur, grupo subregional que integra con Brasil, Argentina, Venezuela y Paraguay (cuya suspensión también concluirá el 15 de agosto). Mercosur no permite a sus miembros negociar individualmente tratados de libre comercio. Cierran el círculo de Unasur Guyana y Surinam, que asumirá la presidencia en reemplazo del Perú el 30 de agosto. En este escenario llega la reincorporación de Paraguay cuyo virtual presidente Horacio Cartes ya ha anunciado, por ejemplo, que no se reincorporará a Mercosur si Venezuela asume la presidencia de ese organismo subregional. (…) Paraguay fue suspendido de Unasur y Mercosur luego de la destitución presidencial del izquierdista Fernando Lugo, a pesar de que esta la aprobó el Congreso de ese país. (…)” (Diario “El Comercio”, Sección “Política”, En: “Presencia de países con modelos de libre mercado se refuerza en Unasur” de Cecilia Rosales Ferreyros, jueves, 08 de agosto de 2013, pág. A-5)  
Como se puede verificar esta noticia se hace evidente la actual interrelación de los países de sur América a través de la formación de organismos internacionales, a continuación veremos la naturaleza y finalidad de cada uno de estos organismos internacionales.

II.- La Unión de Naciones Suramericanas
El artículo 1 del Tratado constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas establece que “Los Estados Parte del presente Tratado deciden constituir la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) como una organización dotada de personalidad jurídica internacional.” El artículo 2 del mismo tratado establece que el objetivo de esta persona jurídica es “La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.”
Como se verifica de este organismo la principal finalidad es la integración cultural, social, económica y políticas de los pueblos de Sur América, esto fundamente en naciente Derecho de la Integración de los Estado de Sur América. 

III.- La Alianza del Pacífico
El primer Convenio de la DECLARACIÓN PRESIDENCIAL SOBRE LA ALIANZA DEL PACÍFICO (Lima, 28 de abril de 2011) indica que “Establecer la Alianza del Pacífico para la conformación de un área de integración profunda en el marco del Arco del Pacífico Latinoamericano, que aliente la integración regional, así como un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de nuestras economías. A tal efecto, expresamos nuestro firme compromiso de avanzar progresivamente hacia el objetivo de alcanzar la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas.”
Como se verifica nuevamente se pone énfasis en la integración “profunda” y “regional” para el crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías.

IV.-  El Mercado Común del Sur: MERCOSUR
El Artículo 1 del Tratado para la constitución de un Mercado Común entre la república Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay establece que “Los Estados Partes deciden constituir un Mercado Común, que deberá estar conformado al 31 de diciembre de 1994, el que se denominará “Mercado Común del Sur” (MERCOSUR). Este Mercado Común implica: La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente; El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económicos – comerciales regionales e internacionales;  la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes; El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en los áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.”
Este organismo pone mayor interés en los objetivos del organismo, los cuales al igual que la Alianza del pacífico son la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países. Esto también constituye un proceso de integración de los pueblos.

IV.- Conclusión
La realidad nos hace concluir en la necesidad de estudiar un Derecho de la Integración o Derecho Comunitario de los países de Sur América, en efecto, se verifica la creación de organismos regionales que tienen por objeto la integración de las políticas económicas de los Estados y en el último de los casos, la integración cultural y social de los pueblos Sur Americanos. (Comentario hecho por José María Pacori Cari)

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